Sustento Legal en la Constitución Política Panameña Vigente:
El artículo 9: Establece que “son panameños por nacimiento:

1. Los nacidos en el territorio nacional
2. Los hijos de padre o madre panameños por nacimiento nacidos fuera del territorio de la República, si aquéllos establecen su domicilio en el territorio nacional.
3. Los hijos de padres o madres panameños por naturalización nacidos fuera del territorio nacional, si aquellos establecen su domicilio en la República de Panamá y manifiestan su voluntad de acogerse a la nacionalidad panameña a mas tardar un año después de su mayoría de edad.”

El artículo 13: Establece que: “la nacionalidad panameña de origen o adquirida por el nacimiento no se pierde, pero la renuncia expresa o tácita de ella suspenderá la ciudadanía.

La nacionalidad panameña derivada o adquirida por la naturalización se perderá por las mismas caudas.

La renuncia expresa de la nacionalidad se produce cuando la persona manifiesta por escrito al Ejecutivo su voluntad de abandonarla; y la tácita, cuando se adquiere otra nacionalidad o cuando se entra al servicio de un Estado enemigo.”

Procedimiento para Renunciar a la Ciudadanía:

1. Llenar el Formulario de Solicitud de Renuncia de la Ciudadanía Panameña dirigida al Presidente de la República de Panamá, en donde indica sus motivos y que deberá contener nombres y apellidos completos del interesado, debidamente firmada y legalizada o Apostillada su firma en dicha carta de renuncia y adjuntar los siguientes documentos:

  • Formulario de Solicitud de Renuncia de la Ciudadanía debidamente firmada y autenticada su firma en la misma.
  • Una fotocopia legible del Certificado de Nacimiento y fotocopia de las hojas que contienen la foto y datos personales de su pasaporte panameño vigente.
  • Una fotocopia de su Cédula de Identidad Panameña.
  • Documento idóneo por medio del cual demuestre que está tramitando otra nacionalidad, traducido al español y legalizado o Apostillado.

2. Toda la documentación presentada será autenticada por el Consulado General en Berlín y enviada a la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.

3. El Ministerio de Relaciones Exteriores enviará dicha Solicitud de Renuncia al Ministerio de Gobierno y Justicia, el cual emitirá una Resolución de Aceptación de su Renuncia firmada por el Presidente de la República de Panamá.

4. Una vez recibida la Copia Autenticada de su Resolución de Renuncia, el Consulado de Panamá se la enviara, solicitándole que la firme, anote su número de célula de identidad personal y fecha de recibo dándose por notificado del contenido de la misma, y la devuelva al Consulado para remitirla de vuelta al Ministerio de Relaciones Exteriores y continuar con el trámite de inscripción de marginal correspondiente en el Registro Civil de la República de Panamá y quede registrado la suspensión de los derechos ciudadanos.

5. Luego de firmar la Resolución en que se da por notificado de su Resolución de Renuncia a la Ciudadanía panameña se le extenderá la Certificación de Renuncia en idioma alemán que piden las autoridades alemanas para finalizar su proceso de nacionalización alemana.

Formulario para Renuncia a la Ciudadanía:
SOLICITUD DE RENUNCIA A LA CIUDADANIA PANAMEÑA

Dirección

Embajada de Panamá en Alemania
Wichmannstraße 6
10787 Berlin

0049 30 226 058 11
info@botschaft-panama.de

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